Overbooking: te deben el dinero en el momento

El overbooking (vender más billetes que asientos) es legal — pero carísimo para la aerolínea si te toca a ti. La denegación de embarque contra tu voluntad es el caso con los derechos más contundentes de todo el Reglamento 261/2004: la indemnización es inmediata, sin esperas ni excusas de circunstancias extraordinarias.

Primero: voluntarios

La aerolínea debe buscar primero voluntarios que cedan su plaza a cambio de beneficios pactados (dinero, vales, upgrade). Consejo: si te interesa el trato, negocia — pide dinero en vez de vales, y que el acuerdo no anule tus derechos de atención. Si nadie se ofrece y te deniegan el embarque:

Denegación involuntaria: tres derechos a la vez

  1. Indemnización inmediata: 250, 400 o 600 € según la distancia (calcúlala aquí). El artículo 4.3 del Reglamento obliga a compensarte "inmediatamente", en el propio aeropuerto.
  2. Reembolso o transporte alternativo, a tu elección.
  3. Atención completa: comidas, llamadas y hotel si hace falta.
No hay excusas posibles: en la denegación de embarque no aplican las "circunstancias extraordinarias". Si tenías reserva confirmada y te presentaste a tiempo, te deben la indemnización. Punto.

Casos que también cuentan como denegación de embarque

Qué hacer en el mostrador

  1. Deja claro (con testigos si puedes) que no cedes tu plaza voluntariamente.
  2. Exige por escrito el motivo de la denegación y el formulario de reclamación.
  3. No firmes vales ni acuerdos que digan "en plena satisfacción de toda reclamación".
  4. Si no pagan en el momento: carta de reclamación gratis y, si no responden en 30 días, AESA o reclamación a éxito.